Burgos Revelo, Ricardo Javier (2011) La prueba de la culpa médica por la defectuosa prestación del servicio médico en entidad oficial. Project Report. Universidad de Nariño, Pasto.
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Resumen
Frente problema si la culpa médica por la defectuosa prestación del servicio médico en entidad oficial debe presumirse o debe probarse, la jurisprudencia del consejo de estado colombiano ha cambiado en el transcurso del tiempo, razón por la cual es necesario presentar su desarrollo jurisprudencial y doctrinal. Respecto a la responsabilidad médica, sus elementos y su naturaleza jurídica se realiza una síntesis en el derecho comparado, ya que dichos regímenes han creado pautas y orientaciones que han sido aceptadas por la corte suprema en el derecho civil y el consejo de estado el derecho administrativo. Se presenta las clases, normatividad y elementos de responsabilidad médica para luego presentar el desarrollo doctrinal y jurisprudencial respecto a la falla del servicio, la responsabilidad patrimonial del estado y el daño antijurídico. Por último se realiza un análisis jurisprudencial de los aspectos probatorios de la responsabilidad médica oficial haciendo énfasis respecto a la evolución doctrinal y jurisprudencial del consejo de estado respecto a la carga de la prueba. Antes de 1992 el consejo de estado colombiano estableció el régimen de la falla probada en el cual el paciente debía probar la falla del servicio el daño causado y la relación de causalidad entre la falla y el daño. a partir de la sentencia del 30 de julio de 1992 considerando la dificultad que tienen los pacientes de probar lo técnico y científico, considerando que es a la entidad oficial y al médico a quien se le facilita probar los hechos y en razones de equidad y justicia, se establece una presunción jurisprudencial en su contra: la presunción de falla o culpa. en una tercera etapa se establece el equilibrio de la carga probatoria entre el paciente y el ente oficial prestador del servicio de salud acudiendo a la carga dinámica de la prueba, la cual se basa en los principios de solidaridad, equidad e igualdad material de las partes dentro de los procesos judiciales y propende que según cada caso unos hechos sean demostrados por el demandante y otros por el demandado, teniendo en cuenta quien este en mejor condición de allegar al proceso las pruebas correspondientes para que el juez obtenga la certeza requerida para dictar sentencia. En una última fase a partir del año 2006 el consejo de estado retoma la falla probada del servicio deshaciendo el camino recorrido en la presunción de la falla y la carga dinámica de la prueba, basado en que no existe un fundamento normativo que le permita al juez la aplicación de la carga dinámica de las pruebas, además que esta se torna sorpresiva y supuestamente quebranta el debido proceso, en particular el derecho de defensa, lo cual disminuiría la seguridad jurídica, posición que ha sido considerada por algunos doctrinantes como un vislumbre de retroceso del consejo de estado.
| Tipo de Elemento: | Monografía (Project Report) |
|---|---|
| Información Adicional: | Asesor: Dr. Libardo Orlando Riascos Gómez |
| Palabras Clave: | Prestación de servicios, Culpa medica, Entidad oficial |
| Asunto: | K Derecho > K Law (General) |
| Division: | Facultad de Derecho > Programa de Derecho > Trabajos de grado |
| Depósito de Usuario: | Monitor Biblioteca 3 Quijano Guerrero |
| Fecha Deposito: | 22 Abr 2026 13:57 |
| Ultima Modificación: | 22 Abr 2026 13:57 |
| URI: | http://sired.udenar.edu.co/id/eprint/16263 |
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