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Algunas consideraciones socioeconómicas, culturales y jurídicas del resguardo indígena de Ipiales, Departamento de Nariño

Cisneros Sandoval, Jaime Oswaldo (1984) Algunas consideraciones socioeconómicas, culturales y jurídicas del resguardo indígena de Ipiales, Departamento de Nariño. Project Report. Universidad de Nariño, Pasto.

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Resumen

Es irrebatible que el desarrollo de toda sociedad, se mueve en concordancia con las leyes que rigen en el materialismo histórico y dialéctico, y del proceso de lucha de clases. Los pobladores precolombianos, se desarrollaron de acuerdo a una economía de subsistencia, es decir de una economía primitiva en donde aprovechaban lo que la naturaleza les brindaba. Es a partir de la llamada conquista (1492) en adelante cuando empieza a gestarse la estructura económica, social y política presente. Con la llegada de los europeos en busca del patrón "oro" a tierras de hoy América, la economía primitiva se vio seriamente afectada en su desarrollo original y con ella el sistema socio-cultural. Pero el logro de sus propósitos de invasión y de explotación de las riquezas de los aborígenes, los españoles implantaron en las tierras invadidas, instituciones con rasgos semifeudales y que fueron determinantes para la diezmación, extinción y explotación de los nativos. Se podría decir, que de estas instituciones, los resguardos indígenas, es quizás, una de las formas más elementales creadas con el doble fin de "proteger" las tierras que aún conservaban las comunidades o grupos sobrevivientes de la conquista; pero con la intención segunda de mantener mano de obra barata al alcance de los grandes latifundios que se crearon desde la colonia y que aún subsisten algunos en los departamentos más marginados del país (Nariño). A pesar de esta doble finalidad se podría pensar que la institución del resguardo fue la que permitió la sobrevivencia hasta nuestros días de gran parte de las comunidades indígenas que pueblan la zona andina, y que contra el mismo, en la época republicana se han ejercido todo tipo de presiones para disolverlo o liquidarlo. Durante el período republicano del siglo XIX en América Latina dominó la corriente inspirada en el ideario liberal, convencida y ardiente defensora del "progreso". Este sin embargo tenía como base un pacto entre viejas clases terratenientes y la burguesía comerciante. El principio liberal de romper el dominio señorial de la tierra se detuvo en el límite fijado por los grandes propietarios territoriales y en cambio, en nombre de esos postulados, se atacó la comunidad indígena. La inalienabilidad de los bienes comunales fue para los independentistas "una restricción inaceptable para la libertad del indio". Se pretendió emancipar al indígena de la servidumbre, pero al dejar intactos el poder de la propiedad hacendil se invalidaban las medidas que protegían al pequeño propietario rural una vez dividido el resguardo. La supuesta vía de modernización del resguardo, suplantado por unidades agrícolas individuales eficientes, base para un mercado amplio, no tenía condición alguna para realizarse. El propósito de crear una masa dueña de la tierra y de jornaleros, devino en la ampliación de las haciendas sobre los terrenos indígenas y en el sometimiento de éstos en condiciones serviles como terrajeros, concertados, etc. Si la justificación ideológica de las medidas liberales para la división de resguardos era la solución de la cuestión agraria, el resultado fue que las comunidades andinas quedaron bajo el dominio terrateniente que propugnaba por la disolución de los resguardos mejor ubicados y con mejores tierras. Sólo marginalmente algunos ex-comuneros fueron conformando una capa de pequeños campesinos libres. Por otro lado, los grupos situados al margen de las zonas incorporadas, se entregaron al arbitrio de la actividad misionera católica. Si bien en un primer momento el gobierno republicano trató de prestar poder al clero católico y de someterlo a sus propias leyes, bien pronto éste fue cobrando toda su fuerza política. Para finales del siglo, las actividades misioneras retomaron nuevo impulso apoyadas por el Estado, cuya política era la de someter a los indígenas "aún no reducidos a la vida civilizada". La Ley 89 de 1890, la cual se encuentra vigente y es el eje central de una no muy clara política y legislación indigenista, clasificó a los indígenas en tres categorías: salvajes, semisalvajes y reducidos a la vida civilizada. Las dos primeras categorías quedaron excluidas de la aplicación de la ley general de la República y bajo la jurisdicción de las Misiones. Y para los "reducidos a la vida civilizada" sus disposiciones establecieron su situación de menores de edad para efectos de protección en cuanto a ventas de sus tierras, se reconoció al cabildo como autoridad interna, con algunas funciones en cuanto a reparto de tierras y solución de conflictos o algunos problemas de policía, pero subordinado a las autoridades locales. Las leyes posteriores retomaron la ofensiva contra los resguardos y pugnaron por su disolución y contra el congelamiento de la mano de obra necesitada en las haciendas ganaderas y agrícolas. Sobre las tierras de antiguos resguardos la actividad de los particulares se dirigió en forma violenta o soterrada a eliminar a los indígenas como propietarios. El aparato judicial fue utilizado en muchas ocasiones para efectuar lanzamientos, previa adjudicación de tierras a cambio de títulos de deuda pública, o mediante juicios ejecutivos por deuda inexistentes o que figuraban en documentos firmados mediante engaños. Las orientaciones básicas que han guiado la política estatal, desde comienzos de siglo hasta la actualidad, por una parte ha sido la constante disolución de los resguardos, es así como se han extinguido en Boyacá, Cundinamarca, Tolima, sobre tierras valorizadas, subsistiendo aún algunos resguardos en el sur del país (Nariño-Cauca) a pesar de que entre comienzos de siglo y 1.970, se disolvieron en esta región cerca de 66 resguardos. Este hecho demuestra que en la práctica se han quedado escritas las leyes que se han creado propósitos "proteccionistas" al indígena. Y por otra parte ésta política estatal se ha encaminado, únicamente a elaborar programas específicos para indígenas, estos son secundarios y que estén orientados por instituciones denominadas indigenistas como la División de Asuntos Indígenas adscrita al Ministerio de Gobierno, institución que por su inoperancia se suma a la gran burocracia existente en este país. El actual sistema económico-social y político de Colombia, ha relegado a las comunidades que viven bajo el régimen legal de resguardo a un completo marginamiento en donde salta a la vista la pobreza, el analfabetismo, la desnutrición, etc. y todas las secuelas de la descomposición social que ellas afront

Tipo de Elemento: Monografía (Project Report)
Información Adicional: Presidente: Dr. Jorge E. Coral Bastidas
Palabras Clave: esarrollo social, Materialismo histórico, Dialéctico, Lucha de clases, Economía de subsistencia, Conquista, Terrazgos, Resguardos indígenas, Latifundios, Nariño, Cauca, Época republicana, Ideario liberal, Propietarios territoriales
Asunto: K Derecho > K Law (General)
Division: Facultad de Derecho > Programa de Derecho > Trabajos de grado
Depósito de Usuario: Monitor Biblioteca 1
Fecha Deposito: 01 Oct 2026 14:26
Ultima Modificación: 01 Oct 2026 14:26
URI: http://sired.udenar.edu.co/id/eprint/19626

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